El Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo de Ecuador anunció la eliminación de las restricciones aplicadas a las importaciones de productos de hierro y acero. Esta medida suprime específicamente la exigencia de vigilancia previa al embarque, facilitando así los flujos comerciales para los importadores del sector metalúrgico. La decisión busca agilizar los procesos aduaneros y reducir los tiempos de tránsito logístico en un rubro fundamental para la industria nacional.
La normativa detalla que la exención de este control aplica para las mercancías clasificadas dentro de las subpartidas arancelarias correspondientes a los capítulos 72 y 73 del arancel nacional. Estas posiciones estaban previamente reguladas y condicionadas bajo los lineamientos de la Resolución N.º MPCEIP-MPCEIP-2025-0079-R. Con la nueva disposición, los operadores de comercio exterior ya no requerirán emitir este documento previo para autorizar el embarque desde el país de origen.
Para garantizar la seguridad jurídica durante esta transición, la autoridad dispuso una cláusula aplicable a los trámites en curso. Las mercancías que ya obtuvieron el Documento de Vigilancia antes de la emisión de esta nueva resolución deberán culminar su procedimiento conforme a la normativa anterior hasta lograr su nacionalización definitiva. Esto asegura que los despachos aduaneros iniciados no sufran alteraciones ni retrasos inesperados en los puertos ecuatorianos.