La Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés) publicó el 2 de junio de 2026 un informe en el que propone imponer nuevos aranceles a 60 economías, entre ellas Ecuador, por la falta de imposición y aplicación efectiva de prohibiciones a la importación de bienes elaborados bajo trabajo forzoso. Las investigaciones sobre los incumplimientos en esta materia se iniciaron el 12 de marzo de 2026, al amparo de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, norma que faculta al gobierno estadounidense a actuar frente a políticas o prácticas comerciales que considere desleales.
De las 60 economías investigadas, 54 no han logrado imponer ni hacer cumplir eficazmente la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso, para las cuales la USTR propone un arancel de 12,5%. Las seis economías restantes, entre las que se cuentan Ecuador, Canadá, la Unión Europea, Indonesia y México, reciben una calificación distinta: el informe indica que estas jurisdicciones sí han establecido formalmente dicha prohibición, pero presentan deficiencias en su aplicación efectiva, razón por la cual el arancel propuesto es de 10%.
En el caso concreto de Ecuador, la USTR reconoce que el Acuerdo de Comercio Recíproco (ART) suscrito entre ambos países el 13 de marzo de 2026 incorpora compromisos para prohibir la importación de bienes producidos con mano de obra involuntaria. Asimismo, señala que el Comité de Comercio Exterior (Comex) aprobó el 29 de abril de 2026, mediante Resolución N.° 005-2026, una prohibición general a la importación de bienes producidos, total o parcialmente, con trabajo forzoso. No obstante, el informe concluye que no existen evidencias de investigaciones, incautaciones u otras medidas coercitivas adoptadas hasta la fecha, y que Ecuador no ha abordado de manera integral la producción de bienes procedentes de trabajo forzoso en regiones de interés identificadas por la autoridad estadounidense.
La USTR fundamenta su propuesta en la distorsión de las condiciones de mercado que genera la producción bajo trabajo forzoso, al permitir que las empresas que recurren a esta práctica ofrezcan bienes a costos artificialmente bajos, sometiendo a los productos estadounidenses a una competencia que califica de desleal. Para ilustrar este argumento, el informe incluye un análisis comparativo de importaciones en las economías investigadas. En el caso del algodón, Ecuador figura en el listado al comparar los flujos provenientes de Estados Unidos y de China entre 2021 y 2025. Según los datos citados, en 2025 las importaciones de algodón desde China alcanzaron USD 48 millones, frente a USD 20 millones originarios de Estados Unidos, una brecha de 140% que, según el informe, ha ido ensanchándose en los últimos tres años, en parte impulsada por el acuerdo comercial entre Ecuador y China vigente desde 2024.
Entre los insumos identificados por el Departamento de Trabajo de Estados Unidos como frecuentemente elaborados bajo trabajo forzoso, el informe menciona el algodón, destinado a la producción de prendas de vestir, textiles, hilo y lana, minerales críticos empleados en productos solares y autopartes, pescado utilizado para aceite y harina de pescado, y el fruto de la palma aprovechado para la obtención de aceite de palma o de almendra, insumos esenciales en aceites de cocina y biocombustibles. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza estadounidense, por su parte, ha identificado más de 60 categorías de productos con prohibición de entrada a Estados Unidos por proceder de trabajo forzoso, abarcando sectores que van desde la agricultura y los textiles hasta la electrónica, la industria automotriz y la farmacéutica.
Las medidas propuestas están sujetas a un período de comentarios públicos que vence el 6 de julio de 2026. Este calendario es relevante para Ecuador dado que la sobretasa arancelaria actualmente vigente sobre sus exportaciones hacia Estados Unidos, también de 10%, expira el 24 de julio, por lo que el nuevo arancel propuesto podría sustituirla. El presidente de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), Xavier Rosero, señaló que solo una revisión en la investigación de la USTR permitiría reducir este arancel, y que las posibilidades de modificación dependerán de los compromisos que Ecuador adopte en materia de prohibición de la importación de bienes con trabajo forzoso, avances que, a su criterio, deberían colocar al país en una posición más favorable frente a economías sujetas a tasas mayores.
Fuente: Primicias