El 7 de mayo de 2026, la Secretaría General de la Comunidad Andina, bajo la dirección del secretario Gonzalo Gutiérrez, emitió tres resoluciones que ordenan a Ecuador y Colombia retirar los gravámenes arancelarios recíprocos que ambos países han mantenido vigentes desde inicios del año. Las resoluciones resuelven dos acciones presentadas por Colombia contra Ecuador y una acción presentada por Ecuador contra Colombia, y establecen un plazo de diez días hábiles para el cumplimiento de las medidas.
¿Cuál es el origen de esta disputa arancelaria?
El conflicto comenzó el 21 de enero de 2026, cuando el presidente Daniel Noboa anunció la imposición de una tasa del 30 % a las importaciones provenientes de Colombia, argumentando la falta de reciprocidad de ese país en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado. El gobierno colombiano respondió con una medida equivalente. El 26 de febrero, Ecuador incrementó el arancel al 50 %, y a partir del 1 de mayo lo elevó al 100 %, nivel al que Colombia también respondió en espejo. El 4 de mayo, Ecuador anunció una reducción de la tasa del 100 % al 75 %, con vigencia prevista desde el 1 de junio.
¿Qué resolvió exactamente la Secretaría General de la CAN?
El organismo regional conoció dos pedidos de Colombia contra Ecuador. El primero cuestionó la habilitación exclusiva del paso fronterizo de Rumichaca para la importación de mercancías de origen colombiano, medida que fue declarada incompatible con el ordenamiento andino. El segundo impugnó la tasa por concepto de control aduanero —la llamada tasa de seguridad— que llegó a alcanzar el 100 %, y que la Secretaría General determinó que vulnera el Programa de Liberación consagrado en el Acuerdo de Cartagena. Frente a la acción presentada por Ecuador, el organismo también declaró incompatibles los gravámenes y restricciones que Colombia impuso a las mercancías ecuatorianas. En los tres casos, el plazo para levantar las medidas es de diez días hábiles.
¿Cómo reaccionaron los gremios de comercio exterior?
Los sectores empresariales de ambos países recibieron las resoluciones con expectativa positiva. Xavier Rosero, presidente ejecutivo de Fedexpor, calificó el dictamen como el resultado jurídicamente esperable dado el marco normativo andino, y llamó a que su implementación se acompañe de acuerdos paralelos en materia de seguridad fronteriza que permitan un proceso ordenado. Desde Colombia, Javier Díaz, presidente de Analdex, fue más categórico al afirmar que las resoluciones constituyen una obligación de cumplimiento para ambos gobiernos, y que su inobservancia implicaría un incumplimiento directo del ordenamiento jurídico comunitario.
¿Qué postura adoptó el SENAE frente a las resoluciones?
El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador precisó que lo emitido por la Comunidad Andina no equivale a una sentencia del Tribunal Andino de Justicia, sino a una resolución de carácter administrativo, la cual puede ser impugnada o revisada ante una instancia judicial superior. A la fecha de publicación de este artículo, ninguno de los dos gobiernos ha anunciado oficialmente si presentará o no un recurso de impugnación.
¿Qué escenarios se abren a partir de aquí?
El exministro de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, Julio José Prado, identificó tres posibles desenlaces. En el escenario más favorable, ambos países acatan el dictamen en el plazo de diez días, lo que pondría fin al conflicto comercial. En un escenario intermedio, uno de los países opta por apelar, lo que podría ganar un margen de dos meses adicionales, período en el que el Tribunal Andino de Justicia muy probablemente ratificaría la ilegalidad de las medidas. En el escenario más grave, alguno de los países se niega a cumplir, lo que abriría la puerta a sanciones por parte de la CAN e incluso a un debate sobre la permanencia del país infractor en el bloque regional.
Para los operadores de comercio exterior que trabajan en el corredor Ecuador-Colombia, el desenlace de estas resoluciones determinará si los flujos comerciales pueden normalizarse en el corto plazo o si la incertidumbre regulatoria se extiende por semanas adicionales. La situación sigue evolucionando.
Fuente: El Universo