El retorno al país de origen representa una etapa de importantes decisiones para muchos ecuatorianos que han residido en el exterior. Para facilitar este proceso, la legislación aduanera contempla beneficios específicos, entre los cuales destaca la exoneración de tributos al comercio exterior para el menaje de casa y equipo de trabajo. Recientemente, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha emitido una actualización normativa que modifica los plazos y condiciones para acceder a esta exención, otorgando un mayor margen de tiempo a los ciudadanos retornados.
El concepto de menaje de casa abarca todos aquellos bienes personales de uso cotidiano que conforman el hogar de una familia. Esto incluye elementos como muebles, electrodomésticos, prendas de vestir y otros objetos de uso diario que las personas deciden traer consigo al establecer nuevamente su domicilio en el territorio nacional. La normativa busca que la repatriación de estos bienes esenciales se realice de manera estructurada y sin una carga tributaria que dificulte el reinicio de las actividades personales y profesionales en el país.
Una de las modificaciones más relevantes de la reciente resolución radica en la extensión del periodo durante el cual el migrante puede solicitar este beneficio. Anteriormente, los ciudadanos disponían de un plazo de hasta treinta y seis meses tras su regreso para legalizar sus pertenencias bajo este régimen. Con la nueva disposición, este tiempo se amplía significativamente, permitiendo que la solicitud de exoneración de tributos se realice hasta sesenta meses, es decir, cinco años después de la fecha de su arribo con ánimo de domiciliarse en el Ecuador. Esta medida proporciona a las familias una mayor flexibilidad para organizar su mudanza internacional y estabilizarse antes de concretar el traslado definitivo de sus bienes.
El beneficio de exoneración también se aplica a los vehículos automotores y motocicletas que se importen como parte del menaje de casa. La actualización establece que el año modelo del automotor debe corresponder a los últimos cinco años anteriores al año de la importación. Esta alineación de los tiempos facilita que los ciudadanos puedan ingresar sus medios de transporte adquiridos en el exterior, siempre y cuando cumplan con este criterio de antigüedad y con las demás condiciones técnicas establecidas en los reglamentos de movilidad humana vigentes.
Para garantizar la correcta aplicación de estos beneficios y asegurar el cumplimiento de la ley, las autoridades aduaneras han reforzado sus mecanismos de supervisión. La entidad implementará un sistema de acceso y tratamiento de información que le permitirá cruzar datos directamente con otras instituciones encargadas del control migratorio. Este intercambio de información sobre los movimientos de ingreso y salida del país tiene como objetivo verificar la permanencia y el estatus del solicitante, mejorando así los controles aduaneros bajo estrictos parámetros de protección de datos personales y seguridad institucional.
Estas actualizaciones reflejan una adaptación de los procesos aduaneros a las realidades de los ciudadanos que deciden regresar, equilibrando la facilitación del traslado de bienes con la necesidad de mantener un control riguroso sobre las exenciones tributarias otorgadas por el Estado.
Fuente: SENAE